jueves, 12 de noviembre de 2009

participacion politica de los grupos religiosos en colombia

El artículo 19 de la Constitución de Colombia de 1991 garantiza la libertad de cultos y dice además que "Toda persona tiene derecho a profesar libremente su religión y a difundirla en forma individual o colectiva". El artículo 19 aclara también que "Todas las confesiones religiosas e iglesias son igualmente libres ante la ley". De esta manera, el Estado Colombiano en lo que respecta a su credo político, entra en pleno tono con el desarrollo democrático y da participación libre y activa a todos los credos religiosos presentes en Colombia de acuerdo con la ley civil y los deberes y derechos del ciudadano común. Por otra parte, los grupos religiosos pueden determinar la forma de participación política de acuerdo a la ley dentro de sus propios esquemas orgánicos.

Esto dio pie a que a partir de 1991 se diera una activa participación política de parte de grupos evangélicos, que llegaron a poner a varios de sus pastores en cargos de representación en instituciones como El Congreso de la República o los consejos municipales. Quienes han analizado dicha participación se refieren a la reproducción de los antiguos lazos clientelares que antes utilizaban con frecuencia en ciertas zonas rurales de Colombia, por parte del clero católico para promover el voto hacia ciertos candidatos que decían ofrece garantías a la Iglesia Católica. Entre el protestantismo evangélico se ha promovido, así la organización de partidos confesionales que basan su éxito en el clientelismo religioso, combinando efectivamente la predicación religiosa con la propaganda política.

http://es.wikipedia.org/wiki/Religi%C3%B3n_en_Colombia#Participaci.C3.B3n_pol.C3.ADtica_de_los_grupos_religiosos

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